Habilitación de los libros de subcontratación

La habilitación por la autoridad laboral correspondiente al territorio en el que se ejecute una obra civil o de construcción, pública o privada,  de los libros de subcontratación.

Cada contratista en una obra, con carácter previo a la subcontratación con un subcontratista o trabajador autónomo de parte de la obra que tenga contratada, deberá obtener un libro de subcontratación habilitado que se ajuste al modelo establecido en la normativa.

La habilitación consistirá en la verificación de que el libro reúne los requisitos establecidos en la normativa.

En caso de que el contratista necesite la habilitación de un segundo libro para una misma obra deberá presentar a la autoridad laboral el libro anterior para justificar el agotamiento de sus hojas o el suyo deterioro.

En caso de que fuera requerida la aportación del libro para un proceso judicial, se solicitará a la autoridad laboral a habilitación de una copia legalizada de este, con carácter previo a la remisión del original al órgano judicial.

En caso de pérdida o destrucción del libro anterior u otra circunstancia semejante, tal hecho se justificará mediante declaración escrita del empresario o de su representante legal de la no presentación y pruebas de las que disponga, haciéndose constar dito circunstancia en la diligencia de habilitación, posteriormente el contratista reproducirá en el nuevo libro las anotaciones efectuadas en el anterior.

Beneficiarios/as
Empresas, españolas o extranjeras, inscritas en el REA como contratistas, que tengan capacidad para subcontratar y que vayan a hacerlo en una obra civil o de construcción.
 

Normativa

  • Estatal
    • Ley 32/2006, de 18 de octubre , reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (BOE/BOE n.º 250, del 19.10.2006)
    • Real decreto 1109/2007, de 24 de agosto , por lo que se desarrolla la Ley 32/2006 (BOE/BOE n.º 204, del 25.08.2007)
  • Autonómica
    • Resolución de 31 de octubre de 2007, de la Dirección General de Relaciones Laborales por la que se comunica los lugares de habilitación y se da publicidad a la versión bilingüe del libro de subcontratación regulado en el Real decreto 1109/2007, de 24 de agosto , por lo que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre , reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (DOG n.º. 220, del 14.11.2007  -CE-  DOG n.º 226, del 22.11.2007)
    • Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Dirección General de Relaciones Laborales, complementaria de la de 31 de octubre de 2007, por la que se comunican los lugares de habilitación y se da publicidad a la versión bilingüe del libro de subcontratación regulado en el Real decreto 1109/2007, de 24 de agosto , por lo que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre , reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (DOG n.º 36, del 20.02.2008) 

Documentación

Deberán adquirir los libros de subcontratación con las características establecidas en la normativa vigente.

La habilitación podrán hacerla de manera presencial o enviar el/los libro/s por correo con el modelo de escrito que aparece en solicitud, exclusivamente, ante la jefatura territorial correspondiente segundo la provincia donde esté ubicada la obra.

Más información:

Ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción

La Ley de la Subcontratación

El 19 de abril de 2007 entra en vigor a Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación.

En los siguientes documentos encontrará información resumida sobre los aspectos más destacados de la Ley, y aclaraciones sobre los deberes exigidos por la Ley y el momento en el que son exigibles.

El libro de subcontratación


Solicitud

Modelo de solicitud

Donde acudir:

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

DepartamentoTerritorial de A Coruña
Servicio de Empleo y Economía Social
Espacio Amizar
Gregorio Hernández, 2- A Coruña
15011 A Coruña
Tel.: 981 182 529
Correo-e: stes.ctb.coruna@xunta.gal

Departamento territorial de Lugo
Servicio de Empleo y Economía Social
Ronda de la Muralla, 70
27071 Lugo
Tel.: 982 294 329 Fax: 982 294 359

Departamento territorial de Ourense
Servicio de Apoyo al Empleo, Emprendimiento y Economía Social
Av. de la Habana, 79
32004  Ourense
Tel.: 988 386 402 / 988 386 401

Departamento territorial de Vigo
Servicio de Empleo y Economía Social
R/ Concepción Arenal, 8-2º
36202  Vigo
Tel.: 986817632 - 986817249 - Fax: 986 817 010