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Solicitud, anexos y documentación complementaria

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Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Esta obligación de presentación electrónica se mantiene durante toda la tramitación del expediente.

Documentación complementaria

Modelo de solicitud procedimiento TR302D (anexo I) cubierto, al que deberán aportar la siguiente documentación:

  • Anexo II: Memoria del proyecto formativo
  • Anexo III: Ficha de comprobación de datos de terceras personas interesadas
  • Anexo IV: Declaración de la condición de PEME: mediana, pequeña empresa o microempresa, de ser el caso. 
    • * A efectos de calcular el porcentaje de intensidad máxima (50, 60 o 70 %) del gasto subvencionable, en función del tamaño de la empresa. 
    • * Deberán cubrir este Anexo IV todas las entidades solicitantes, independientemente de se son empresas o autónomos. 
    • * No es necesario que lo cubran las grandes empresas, a las que se le aplicará la intensidad del 50%.
  • Anexos  IV-A e IV-A.1, soamente no caso de PEMEs que sexan empresas asociadas (Definición Artigo 3.5).
  • Anexos IV-B e IV-B.1 soamente no caso de PEMEs que sexan empresas vinculadas (Definición Artigo 3.4). 
  • Cuando se actúe mediante representación documento público acreditativo del poder con el que actúa la persona representante de la entidad solicitante (escrituras, poder bastanteado, entre otros)
  • Documentación justificativa de la constitución de la empresa, según corresponda: 
    • En el caso de las entidades que estén obligadas a la inscripción en el Registro Mercantil o en cualquier otro registro público, nota simple o certificación del Registro Mercantil actualizadas, en la que se especifique la fecha de constitución, el objeto social, sede social y clasificación CNAE. 
    • En el supuesto de que sean empresas que no están obligadas por ley a inscribirse en el Registro Mercantil o en cualquier otro registro público o que no tengan el domicilio social en Galicia, documentación acreditativa de la constitución (escrituras de consitución y sus modificaciones), en la que se especifique la fecha en que se produjo esta. 
    • En el caso de personas trabajadoras autónomas, informe de vida laboral actualizado.
  • Documentación justificativa del último ejercicio fiscal cerrado, según corresponda por la forma jurídica de la entidad solicitante: 
    • Modelo 200  - Impuesto de sociedades 
    • Modelo 100  - Impuesto de la renta de las personas físicas 
    • Modelo 184 - Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas 
  • Informe de trabajadores/as en alta (ITA) emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social a la fecha de solicitud de la ayuda.
  •  
  • Informe del cuadro de personal medio anual emitido por la Tesorería General Seguridad Social,  del ultimo ejercicio fiscal cerrado.